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Cómo tributan los dividendos en España: IRPF y retención

Por · Publicado el · 5 min de lectura · Última actualización:

En breve: Los dividendos se suman a la base del ahorro del IRPF y quien los paga te retiene una parte antes de cobrar. La guía explica cuánto pagas de verdad y qué ocurre con los dividendos de empresas de otros países.

En este artículo
  1. La regla básica
  2. Ejemplo 1: dividendos pequeños
  3. Ejemplo 2: ya tienes otras rentas del ahorro
  4. Dividendos de empresas extranjeras
  5. Fondos de acumulación frente a distribución
  6. ¿Y si el dividendo viene de tu propia sociedad?
  7. Calcula tu caso
  8. Lo que no cubre este artículo
  9. Preguntas frecuentes

Un dividendo es la parte de los beneficios que una empresa reparte entre sus accionistas, y se cobra como dinero. Parece un regalo, pero Hacienda lo trata como una renta más: hay que declararlo y pagar impuestos por él. Lo que casi nadie tiene claro es cuánto pagas realmente, qué es esa retención que te quitan antes de cobrar y qué ocurre si el dividendo viene de una empresa de otro país. Los importes de los ejemplos se calculan con las reglas de la AEAT (ver la metodología del sitio).

La regla básica

El dividendo bruto se suma a la base del ahorro del IRPF, la misma en la que van los intereses y las ganancias por vender fondos o acciones. Esa base tributa con tramos progresivos, de modo que el tipo depende de cuántas rentas del ahorro tengas en total ese año:

Parte de la gananciaTipo que se aplica a esa parte
Hasta 6.000 €19%
De 6.000 € a 50.000 €21%
De 50.000 € a 200.000 €23%
De 200.000 € a 300.000 €27%
Más de 300.000 €30%

Tipos generales (escala estatal más autonómica) según el Manual práctico de Renta 2025 de la Agencia Tributaria.

Quien paga el dividendo (la empresa, o tu bróker en su nombre) te retiene un 19 % a cuenta (tipo vigente en 2025, según la AEAT). La retención es un pago adelantado, no el impuesto final: en la declaración de la renta se compara con lo que realmente te toca.

Ejemplo 1: dividendos pequeños

Cobras 1.000 € brutos de empresas españolas y no tienes más rentas del ahorro. Todo cae en el primer tramo:

  • Impuesto por los dividendos: 190 €
  • Retención ya practicada: 190 €
  • A pagar o devolver en la renta: 0 €
  • Te quedan netos: 810 €

En este caso la retención cubre justo el impuesto, así que no tienes nada más que pagar.

Ejemplo 2: ya tienes otras rentas del ahorro

Los mismos 1.000 € de dividendos, pero ese año ya acumulas 20.000 € en intereses y ganancias de fondos. Los dividendos se apilan encima y tributan en tramos más altos:

  • Impuesto por los dividendos: 210 €
  • Retención ya practicada: 190 €
  • A pagar en la renta: 20 €
  • Te quedan netos: 790 €

Por eso la retención del 19 % a veces se queda corta: no es tu tipo real, es una referencia.

Dividendos de empresas extranjeras

Aquí hay dos impuestos: el del país de origen, que retiene según su ley o el convenio con España, y el de España, que grava el dividendo igualmente. Para evitar pagar dos veces por lo mismo, España te deja deducir lo pagado fuera con un límite: la deducción es la menor de dos cantidades, lo que realmente se retuvo en el extranjero y lo que en España correspondería pagar por esa renta.

Ejemplo: 1.000 € de dividendo extranjero sin otras rentas del ahorro.

País de origen retiene… Deducción por doble imposición A pagar en la renta Te quedan netos
15 % 150 € 40 € 810 €
30 % 190 € 0 € 700 €

Si el otro país retiene más de lo que tributarías en España (segunda fila), el exceso no se recupera por esta vía. La retención de origen depende de cada país y del convenio, así que mira el extracto de tu bróker para saber la tuya.

Fondos de acumulación frente a distribución

Esta es la diferencia que más importa para un inversor a largo plazo:

  • En un fondo de acumulación, los dividendos de las empresas se reinvierten dentro del fondo. A ti no te llega nada, así que no tributas por ellos hasta que vendes (y entonces tributa la ganancia total).
  • En un producto de distribución (por ejemplo, muchos ETF o fondos de dividendos) cobras los dividendos y tributas por ellos cada año, aunque los reinviertas.

Los fondos de inversión españoles, además, permiten traspasar a otro fondo sin tributar en ese momento. Lo desarrollamos en cómo tributan los fondos de inversión y en fondo indexado frente a ETF.

¿Y si el dividendo viene de tu propia sociedad?

La Agencia Tributaria trata los dividendos como rendimientos del capital mobiliario por la participación en los fondos propios de “cualquier entidad”. Un dividendo de una sociedad de la que eres socio se integra, por tanto, en la misma base del ahorro y la sociedad que lo reparte practica la retención del 19 %. El manual que usamos no recoge una regla distinta para este caso, pero la decisión de repartir o no repartir beneficios tiene otras consecuencias (por ejemplo, en el impuesto de la propia sociedad), así que si es tu caso conviene confirmarlo con un asesor.

Calcula tu caso

Pon tus cifras en la herramienta Impuesto de los dividendos: dividendos españoles y extranjeros, la retención del país de origen y tus otras rentas del ahorro. Para ver el efecto al vender, usa la calculadora de impuestos al vender un fondo.

Lo que no cubre este artículo

Los ejemplos suponen que no tienes pérdidas que compensar ni deducciones autonómicas, y que los tramos son los de 2025. Hay casos especiales (régimen foral, cuentas en el extranjero sin retención, no residentes) que cambian el cálculo. Es información general, no asesoramiento fiscal: para tu caso, confirma con la AEAT o con un asesor.

Para seguir: Los tramos del IRPF del ahorro tienen su propia guía, con la tabla de tipos y más ejemplos calculados.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que declarar los dividendos aunque me hayan retenido? Sí. La retención es un pago a cuenta, no sustituye a la declaración.

¿Hay algún mínimo exento? No hay una exención general en el dividendo que describe el manual de la AEAT que usamos: se integra todo el importe bruto. Si tienes dudas sobre un caso concreto, consúltalo con la AEAT.

¿Por qué me retienen el 19 % si mi tipo es otro? Porque la retención es un tipo fijo adelantado, no tu tipo final. En la renta se ajusta.

Aviso: este artículo es información general y educativa, no asesoramiento financiero ni fiscal personalizado. Las cifras fiscales se revisan contra la fuente oficial y pueden cambiar; comprueba tu caso concreto antes de decidir. Así trabajamos: metodología.

Fuentes

5 minutos de finanzas

Los cambios fiscales y las fechas que importan a quien invierte, en 5 minutos a la semana.

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