¿Tengo que presentar el modelo 720? Compruébalo
Por David Pérez Mitjà · Publicado el
Si tienes dinero, fondos o ETF en un broker o banco extranjero, puede que tengas que presentar el modelo 720, la declaración informativa de bienes en el extranjero. Mete los valores a 31 de diciembre y te dice, bloque a bloque, si te toca y por qué.
Parece que tienes que presentar el modelo 720
- Cuentas en el extranjero: no hace falta. No supera 50.000 €.
- Valores, fondos, ETF y seguros en el extranjero: hay que declararlo. Supera 50.000 € y no lo has declarado antes.
- Inmuebles en el extranjero: no hace falta. No supera 50.000 €.
Plazo: del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente. Si ya ha pasado y nadie te lo ha requerido, presentarlo cuanto antes reduce la sanción a la mitad.
Orientativo. No valora casos especiales (cotitularidad, activos registrados en la contabilidad de una empresa, fondos extranjeros depositados en entidades españolas). Ante la duda, consulta a un asesor fiscal o la sede de la Agencia Tributaria.
Las reglas que aplica
- Tres bloques independientes: cuentas, valores (acciones, fondos, ETF, seguros) e inmuebles. Cada uno se mira por separado: 30.000 € en una cuenta extranjera y 30.000 € en ETF no obligan, aunque sumen 60.000 €.
- Umbral: hay que declarar un bloque cuando su valor conjunto supera 50.000 €.
- Cuentas: cuenta el saldo a 31 de diciembre o el saldo medio del último trimestre, el que sea mayor.
- Años siguientes: solo vuelves a presentarlo si un bloque sube más de 20.000 € respecto a tu última declaración de ese bloque (no respecto al año anterior), o si dejas de ser titular de algo que declaraste.
- Plazo: del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al que se refiere la información.
Sanciones
Desde la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 2022 y la Ley 5/2022, se aplica el régimen general del artículo 198 de la Ley General Tributaria: 20 € por cada dato, con un mínimo de 300 € y un máximo de 20.000 € por bloque. Si lo presentas tarde pero antes de que Hacienda te lo pida, todo se reduce a la mitad.
El caso que más dudas genera: dónde están tus activos
Lo que importa no es la marca de tu broker sino dónde están depositados los valores. Un broker con oficina en España puede custodiarlos en otro país. Míralo en tu contrato o en tus extractos (entidad depositaria) o pregúntaselo directamente. Más detalle y ejemplos en modelo 720: quién tiene que presentarlo.
Preguntas frecuentes
¿Pago algo al presentar el modelo 720?
No. Es informativo. Los rendimientos de esas inversiones tributan en la renta como cualquier otra inversión; puedes estimarlo con la calculadora de impuestos al vender.
¿Y las criptomonedas en el extranjero?
Tienen su propia declaración, el modelo 721. No entran en esta comprobación.
¿Me afecta si todo está en un banco español?
Si la entidad donde están depositados los activos es española, no son bienes situados en el extranjero.
Aviso: este artículo es información general y educativa, no asesoramiento financiero ni fiscal personalizado. Las cifras fiscales se revisan contra la fuente oficial y pueden cambiar; comprueba tu caso concreto antes de decidir. Así trabajamos: metodología.